Norma Número 025/98
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Condona el 50 % de la deuda por Tasas Retributivas hasta el primer bimestre año 1998, a la N.C.: C-050-15-000. Autoriza al PEM a convenir plan de pago con la Sra. Luz Bella Toranzo por el otro 50% la deuda .
Texto de la Norma
Allen, 26 de Marzo de 1998.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Luz Bella Toranza; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita un descuento del 50% de una deuda atrasada en concepto de Tasas Municipales y un amplio
plan de pago para abonar el saldo;
Que la situación económica de la Señora de referen- cia no le permitió abonar las Tasas Municipales en tiempo y for- ma;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán
establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 26-03-98, según consta en Acta N° 378, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE el 50% de la deuda por Tasas Retributivas
hasta el 1° (primer) Bimestre del año 1998 inclusi-
ve a la Nomenclatura Catastral C-050-15-000.
Artículo 2°:
AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal, Secreta-
ría de Hacienda, Dirección de Recaudaciones por
vía de excepción a la Ordenanza Municipal N° 095
/97, a convenir un amplio plan de pago con la Sra.
Luz Bella Toranza, DNI. 4.787.499, de acuerdo a
sus posibilidades, por el monto correspondiente a
la deuda por Tasas Retributivas de la Nomenclatura
Catastral C-050-15-000.
Artículo 3°: ESTABLÉCESE un plazo de 60 (sesenta)días a partir /
de la vigencia de la presente, a los efectos de re-
gularizar el saldo de la deuda mediante el plan de
pago que se ordena en el Artículo 2° de la presen -
te.
Artículo 4°: ESTABLÉCESE que ante el incumplimiento de lo norma-
do en el Artículo 3°, la condonación efectuada en
el Artículo 1°, como asimismo a la falta de cumpli-
miento de 2 (dos) cuotas consecutivas o 3 (tres)
alternadas, quedará sin efecto la presente Ordenan-
za Municipal.
Artículo 5°:
Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 025/98.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 338/98.
Fechas
- Fecha sanción:
26 / 3 /
1998
- Fecha promulgación:
6 / 4 /
1998
- Fecha publicación:
28 / 4 /
1998
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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