Norma Número 012/98
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza al PEM a convenir plan de pago con la Sra. Carmen Rosa Mendez por la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. B-359-04-000.
Texto de la Norma
Allen, 19 de Marzo de 1998.-
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Carmen Rosa Mendez; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita condonación de la deuda que mantiene en concepto de Tasas Retributivas;
Que según la encuesta socio-económica la situación imperante de la Señora de referencia, no le permitió abonar las Tasas Municipales en tiempo y / forma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 19-03-98, según consta en Acta N° 377, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°:
AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal - Se-
cretaría de Hacienda - Dirección de Recauda-
ciones, por vía de excepción a la Ordenanza
Municipal N° 095/97 a formalizar un plan de
pago por el monto de la deuda atrasada de la
Nomenclatura Catastral B-359-04-000, con la
titular del inmueble Señora Carmen Rosa Men-
dez, de acuerdo a sus posibilidades económi-
cas.
Artículo 2°:
ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a
partir de la vigencia de la presente, a los
efectos de regularizar el plan de pago que se
ordena en el Artículo 1° de la presente. Caso
contrario queda sin efecto la excepción a la
Ordenanza Municipal N° 095/97, como asimismo
ante el incumplimiento de 2 (dos) cuotas conse
cutivas o 3 (tres) alternadas.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cum-
plido, archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 012/98.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Res. 301/98.
Fechas
- Fecha sanción:
19 / 3 /
1998
- Fecha promulgación:
31 / 3 /
1998
- Fecha publicación:
22 / 4 /
1998
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Adjuntos
Esta norma no tiene archivos adjuntos
Ver Adjuntos |