Norma Número 180/97
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago con el Sr. Santiago Seguel  por la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. B-345-01B-000.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 11 de Diciembre de 1997.-
VISTO:
 La Nota presentada por el Sr. Santiago Seguel; y
CONSIDERANDO:
 Que por dicha Nota solicita la condonación de una deuda contraida por Tasas Retributivas;
 Que la según la encuesta socio-económica, el Sr. de referencia cuenta con ingresos estables, pero igualmente, no le permite cumplir con su obligación tributaria municipal, por lo que se encuentra condicionado para abonar la deuda de Tasas Municipales;
 Que el Sr. de referencia no puede abonar de acuerdo a las normas vigentes de facilidades de pago, la deuda contrida de Tasas Retributivas, dado el monto elevado de la misma; 
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-12-97, según consta en Acta N° 368, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
 O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza 
 Municipal N° 095/97 a la Secretaría de Hacienda 
 del Poder Ejecutivo Municipal a formular un 
 amplio plan de pago a convenir con el Sr. Santia 
 go Seguel, DNI. 7.576.200, de acuerdo a sus posi
 bilidades, por la deuda de Tasas Municipales de 
 la Nomenclatura Catastral B-345-01B-000.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
 
ORDENANZA MUNICIPAL N° 180/97.-C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 021/98
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  11 / 12 /
  1997
  
 
  - Fecha promulgación:
  9 / 1 /
  1998
  
 
  - Fecha publicación:
  9 / 1 /
  1998
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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