Norma Número 175/97
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Deroga O.M. 043/87. Retrotrae al dominio del municipio el lote de N.C. 04-1-N-042-01A. Adjudica en venta el lote de N.C. 04-1-N-042-01A a la Sra. Marta Isabel Castro. Fija el valor según O.M. 166/92. Establece plazo para la ocupación.
Texto de la Norma
Allen, 11 de Diciembre de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. José Miguel Castro Castro y Sra. Marta Isabel Vázquez; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicitan en calidad de venta el lote cuya nomenclatura catastral es: 04-1-N-042-01A, ubicado en el Barrio La Costa Oeste;
Que el lote mencionado fue adjudicado en venta por Ordenanza Municipal N° 043/87, y el adjudicatario no cumplió con lo establecido en la misma, de acuerdo a la información del Poder Ejecutivo Municipal - Intendencia Municipal - Secretaría de Hacienda - Dirección de Recaudaciones (Nota N° 094/97 - N° 085/97)
y Memorándum N° 076/97 - Secretaría de Obras y Servicios Públicos Departamento Catastro;
Que los solicitantes se encuentran en condicio-nes socio-económicas para adquirir un lote, a los efectos de construir su vivienda;
Que es sumamente necesario apoyar a los ciuda- danos que con su propio esfuerzo logren poseer una vivienda;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-12-97, según consta en Acta N°368, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 043/87.
Artículo 2°: RETROTRAESE a dominio de la Municipalidad de
Allen el lote cuya designación catastral es: 04-
1-N-042-01A.
Artículo 3°: ADJUDICASE en calidad de venta a favor de la
Sra. Marta Isabel Vázquez DNI. 23.666.858 y del
Sr. José Miguel Castro Castro, DNI. 93.377.141,
la Parcela Cero Uno A (01A) de la Quinta Cero
Cuarenta y dos (042) Sección N, la cual se
deslinda de la siguiente manera: Polígono
irregular cuyas medidas son: al Norte: 8,47 m.,
al Sur: 13,00 m., al Este: 23,51 m. y al Oeste:
16,00 m.; Linda: Al Norte con calle s/
mensura, en medio parte Quinta 040, al Este
Parcela 01B, al Sur Parcela 17, ambas de su
misma Quinta 042 y al Oeste calle s/Mensura en
medio parte Quinta 033.
Los ángulos internos del polígono descripto son:
al nord-este: 74° 52 34, y su ochava es de
6,35 m. Los restantes ángulos son rectos.
SUPERFICIE: Doscientos setenta y cinco metros
cuadrados con nueve decímetros cuadrados (275,09
m2). Nomenclatura Catastral: 04-1-N-042-01A, con
único destino de edificación vivienda familiar.
Artículo 4°: ESTABLECESE el valor y las condiciones de venta
del lote de acuerdo a la Ordenanza Municipal N°
166/92 del lote que se adjudica en el Artículo
1° de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 5°: ESTABLECESE un plazo de trescientos sesenta y
cinco días (365), para la ocupación del terreno,
con opción a ciento ochenta días (180) más, con
autorización del Concejo Deliberante de la Muni-
cipalidad de Allen, caso contrario perderá todos
los derechos y la erogación efectuada por parte
de el/los adjudicatarios sobre el inmueble,
retrotrayéndose automáticamente dicho inmueble a
dominio de la Municipalidad de Allen.
Artículo 6°: ESTABLECESE que el/los adjudicatarios no podrán
transferir los derechos emergentes de la presen-
te sin previa autorización del Municipio, duran-
te el cumplimiento de lo establecido en el Artí-
culo 2° y 3° de la presente Ordenanza. De produ-
cirse lo contrario, el/los adjudicatarios y el/
los afectados perderán los derechos que corres-
pondieren sobre el bien del inmueble, retro-
trayándose automáticamente el mismo a dominio de
la Municipalidad de Allen.
Artículo 7°: ESTABLECESE que cumplido los Artículos 2° y 3°
de la presente Ordenanza Municipal, el Departa-
mento de Catastro del Poder Ejecutivo Municipal
dependiente de la Secretaría de Obras y Servi-
cios Públicos, extenderá el respectivo título de
propiedad, siendo el costo de la respectiva
escritura a cargo del/los adjudicatarios.
Artículo 8°: Háganse las comunicaciones pertinente. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 175/97.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por resol. 116/98
Fechas
- Fecha sanción:
11 / 12 /
1997
- Fecha promulgación:
9 / 1 /
1998
- Fecha publicación:
9 / 1 /
1998
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
TIERRAS FISCALES
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