Norma Número 165/97

El alcance de esta norma es particular.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Exime del pago de las Tasas por Servicios Públicos sobre la propiedad y Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio , a los contribuyentes que posean: Pensiones graciables del Ministerio de Bienestar Social de la Nación o Provinciales o Municipales, a Jubilados y Pensionados Nacionales, Provinciales, Municipales y Discapacitados del Sistema Previsional correspondiente. Establece los requisitos que deben reunir para acceder al beneficio.Fija la apertura de un Registro de Beneficiarios.

Texto de la Norma

Allen, 4 de Diciembre de 1997.-


VISTO:

La situación económico-social por la que atraviesa la clase pasiva, la cual percibe haberes mensuales que le son insuficientes para sobrellevar una existencia digna; y

CONSIDERANDO:

Que el beneficio de desgravar totalmente del pago de la Tasa de Servicios Públicos sobre la propiedad y Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio a la clase pasiva tiene un sentimiento totalmente humanitario;
Que esta situación se debe solucionar, dada la cantidad de solicitudes de eximisión de pago de las Tasas de Servicios Públicos y por Conservación y Mantenimiento de Cementerio a este Concejo Deliberante, las cuales en su mayoría son de la clase pasiva;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 4-12-97, según consta en Acta N° 367, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: EXIMASE del pago de las Tasas por Servicios
Públicos sobre la propiedad y por Conservación y
Mantenimiento de Cementerio a todos aquellos
contribuyentes que posean:
1.1. Pensiones graciables del Ministerio de
Bienestar Social de la Nación o Provin-
ciales o Municipales.
1.2. Jubilados y Pensionados Nacionales, Provin-
ciales, Municipales y Discapacitados del
Sistema Previsional correspondiente.
Artículo 2°: Para ser beneficiario de lo dispuesto en el
Artículo 1°, se deberán reunir los siguientes
requisitos:
2.1. El contribuyente no deberá poseer un
ingreso superior a la jubilación mínima
básica del sistema Previsional correspon-
diente.
2.2. El núcleo familiar no deberá poseer ingre-
sos superiores a la jubilación mínima bási-
ca del sistema Previsional correspondiente.
2.3. Ser titular del dominio de única vivienda y
con ocupación permanente por el propieta-
rio.
2.4. Presentar:
a) Declaración Jurada la que será analizada
y/o conformada por la Dirección de Recau
daciones Municipal ( Anexo 1).
b) Fotocopia del recibo de haberes correspon-
diente.
c) Fotocopia del Documento de Identidad corres-
pondiente.
d) Certificado del Departamento de Catastro de
la Municipalidad de Allen, certificando la
titularidad única de la vivienda, debiendo
ser extendido sin costo al solicitante.
Artículo 3°: Además de los requisitos exigidos en el Artículo
2° para la eximisión de la Tasa por Conservación
y Mantenimiento de Cementerio establecido en el
Artículo 1°, deberá ser titular de la conce-
sión del sepulcro, panteón o nichos particulares
en el Cementerio Local y por consiguiente respon
sable del pago ante el Municipio.
Artículo 4°: Los Jubilados, Pensionados y Discapacitados que
superen hasta el 100% ( cien por ciento) en más
el haber de la jubilación mínima básica del sis-
tema Previsional correspondiente, abonarán el
50% (cincuenta por ciento ) de las Tasas de
Servicios Públicos sobre la propiedad y por
Conservación y Mantenimiento de Cementerio,
deberán reunir idénticos enunciados en los
Artículos 2° y 3°.
Artículo 5°: Los Jubilados, Pensionados y Discapacitados que
superen el monto establecido en el Artículo
4°, no contarán con ningún beneficio de descuen-
to de las Tasas por Servicios Públicos sobre la
propiedad y por Conservación y Mantenimiento de
Cementerio.
Artículo 6°: El haber mínimo será actualizado automáticamen-
te, considerando para ello el incremento otor-
gado mensualmente en los haberes, por el Sistema
Previsional correspondiente.
Dicho haber mínimo será notificado por la Secre-
taría de Hacienda del Municipio a la Dirección
de Recaudaciones de la misma.
Artículo 7°: Si el beneficiario cambiara de situación econó-
mica y no diera aviso al Municipio, o si se
comprobara que ha falseado su Declaración Jura-
da, deberá pagar el total de lo beneficiado con
su actualización correspondiente, más una multa
equivalente al 100% (cien por ciento) de dicha
suma.
Artículo 8°: El beneficio otorgado en los Artículos 1° y 4°
tendrá vigencia a partir del Primero de Enero de
1998 y por todo el Año Fiscal 1998, correspon-
diente al pago de las Tasas de Servicios Públi-
cos sobre la propiedad y por Conservación y Man-
tenimiento de Cementerio.
Artículo 9°: ESTABLECESE que a partir de la vigencia de la
presente Ordenanza Municipal se debe abrir un
de Beneficiariosque hayan cumplimen-
tado el o los requisitos que establece la presen
te, a los efectos de una mayor organicidad eje-
cutiva-legislativa.
Artículo 10°:Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-



ORDENANZA MUNICIPAL N° 165/97.-C.D.-

ANEXO 1

DECLARACION JURADA

SOLICITUD DE EXIMISION DE PAGO POR TASAS DE SERVICIOS PUBLICOS A LA PROPIEDAD Y CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE CEMENTERIO PARA JUBILADOS, PENSIONADOS NACIONALES, PROVINCIALES, MUNICIPALES Y/O DISCAPACITADOS Y/O PENSIONADOS GRACIABLES.

1.- Apellido y nombre del Beneficiario......................
2.- Tipo y N° de Documento de Identidad.....................
3.- Domicilio:Calle:..........N°......Localidad:.............
4.- Nomenclatura Catastral:..................................
5.- Lote N'1b'a7'1c:.......Parcela:..........Manzana N°:...........
6.- Beneficiario N° :(según recibo de haberes)...............
.............................................................
7.- Caja de la cual recibe los haberes:.....................
8.- Apellido y nombre del representante: (según recibo de
haberes).................................................
9.- Tipo y N° de Doc.de Identidad del representante:.........
10.-Domicilio del representante:Calle:....................... N°..............Localidad:...................................
11.-Ingresos núcleo familiar:(según Art.2° Inc.2-2).........

OBSERVACIONES: Declaro bajo juramento que todos los datos consignados son veraces y exactos, de acuerdo a mi leal saber y entender. Asimismo me notifico que cualquier falsedad, ocultamiento u omisión dará motivo para la caducidad del beneficio de eximisión del pago de las Tasas por Servicios Públicos y Conservación y Mantenimiento de Cementerio, y deberá abonar el total de lo beneficiado con su actualización correspondiente, más una multa equivalente al 100% ( cien por ciento) de dicha suma.


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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Promulgada por Resol. 1100/97.

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