Norma Número 150/97
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago con el Sr. Pedro Parada  por la deuda en concepto de Tasas de Inspección, Seguridad e Higiene, contribuyente n° 766/3 y por Tasas Retributivas de la N.C. C-138B-05-000.
 Texto de la Norma 
  
    
Allen, 30 de Octubre de 1997.-
VISTO:
 La Nota presentada por el Sr. Pedro Parada; y
CONSIDERANDO:
 Que mediante dicha Nota solicita la posibilidad de abonar una deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Municipales;
 Que la situación socio-económica del solicitante no le permite cumplir con su obligación tributaria municipal;
 Que se debe otorgar al contribuyente la posibi-
lidad ylos mecanismos para lograr abonar la deuda atrasada;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 30-10-97, según consta en Acta N° 362, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
 O R D E N A N Z A
Artículo 1°: ESTABLECESE que la deuda en concepto de Tasa por 
 Inspección, Seguridad e Higiene, Contribuyente 
 N° 766/3 se deberá liquidar de la siguiente ma-
 nera: desde la 12° (décima segunda) cuota Año 
 1992 hasta la 10° (décima) cuota Año 1994 in-
 clusive con el 1% (uno por ciento) mensual o 12% 
 (doce por ciento) anual, y la deuda por Tasas 
 Retributivas de la Nomenclatura Catastral C-
 138B-05-000 desde el 2° (segundo) Bimestre Año 
 1990 hasta el 4° (cuarto) Bimestre Año 1992 al 
 último valor vigente sin intereses ni recargos y 
 desde el 5° (quinto) Bimestre Año 1992 hasta el 
 5° (quinto) Bimestre inclusive Año 1997 con el 
 1% (uno por ciento) mensual o 12% (doce por 
 ciento) anual.
Artículo 2°: AUTORIZASE por vía de excepción a la Ordenanza 
 Municipal N° 095/97 a formalizar un plan de pago 
 entre la Secretaría de Hacienda - Dirección de 
 Recaudaciones - del Poder Ejecutivo Municipal 
 con el Sr. Pedro Parada, de acuerdo a sus posi-
 bilidades, por el monto total que se determine 
 según lo establecido en el Artículo 1° de la
 presente Ordenanza Municipal. 
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, 
 archívese.-
 
ORDENANZA MUNICIPAL N° 150/97.-.C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 1014/97
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  30 / 10 /
  1997
  
 
  - Fecha promulgación:
  14 / 11 /
  1997
  
 
  - Fecha publicación:
  4 / 12 /
  1997
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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