Norma Número 141/97
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Condona deuda por Impuesto al Terreno Baldío a la N.C. B-663-10-000 hasta el año 1996. Condona el 50% del monto total de la deuda en concepto de Tasas Retributivas a la N.C. B-663-10-000. Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago por el otro 50% de la deuda con el el Sr. Luis Fernando Roa Catalán.
Texto de la Norma
Allen, 23 de Octubre de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Luis Fernando Roa Catalán; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita la condonación de la deuda que tributaba un lote anteriormente a la compra del mismo en el año 1996;
Que según recibo N° 858/0 extendido de la Nomen- clatura Catastral B-663-10-000, el bimestre de Tasas Retribu-
tivas 1/97 no se encontraba registrado el lote a nombre del Sr. Roa Catalán, habiendo abonado igualmente;
Que el lote adquirido lo abonó con ahorros de lo
percibido por trabajos en epoca de cosecha, con la inten -ción de construir su vivienda, ya que en la actualidad alquila;
Que según encuesta socio-económica, el solici-tante actualmente no posee trabajo estable y cubre sus necesidades básicas con trabajos varios que realiza, por lo que se encuentra condicionado para abonar la deuda de Tasas Municipales de dicho terreno;
Que se debe apoyar toda iniciativa individual del ciudadano para que por sus propios medios obtenga una vivienda digna, que redundará en una mejor calidad de vida;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Munici-pal, en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su fami-lia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 23-10-97, según consta en Acta N° 361, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda en concepto de Impuesto al
Terreno Baldío a la Nomenclatura Catastral B-
663-10-000 hasta el año 1996 inclusive.
Artículo 2°: CONDONASE el 50% del Monto Total resultante de
la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la
Nomenclatura Catastral B-663-10-000, según Bole-
ta de Liquidación N° 303/93.
Artículo 3°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal - Secre-
taría de Hacienda - Dirección de Recaudaciones -
por vía de excepción a la Ordenanza Municipal
N° 95/97 a formalizar un plan de pago por el
saldo de la deuda, según la liquidación que se
establece en el Artículo 2° de la presente Orde-
nanza Municipal, acorde a las posibilidades del
responsable de la Nomenclatura Catastral B-663-
10-000, Sr. Luis Fernando Roa Catalán.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 141/97.-C.D
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por resol. 978/97
Fechas
- Fecha sanción:
23 / 10 /
1997
- Fecha promulgación:
31 / 10 /
1997
- Fecha publicación:
19 / 11 /
1997
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Adjuntos
Esta norma no tiene archivos adjuntos
Ver Adjuntos |