Norma Número 108/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Exime de la Tasa municipal en el rubro Vendedor ambulante , de los meses de Septiembre a Diciembre , a la Sra. Lucila Manriquez Gines.

Texto de la Norma

Allen, 4 de Septiembre de 1997.-


VISTO:

La nota presentada por la Sra. Lucila Manriquez Gines; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita eximisión de Tasa Municipal por Vendedor Ambulante, como en el año próximo pasado;
Que la Sra. de referencia se desempeña como vende-
dora ambulante de panchos y anexos, siendo ínfima su recaudación,
no alcanzando la misma para abonar diariamente la Tasa municipal
que corresponde a su rubro;
Que la encuesta socio-económica refleja la situa-
ción imperante de la solicitante, la cual no ha variado;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 4-09-97, según consta en Acta N° 354, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: EXIMASE de la Tasa Municipal en el rubro Vendedora
Ambulante por los días que corresponden a los meses
de Septiembre a Diciembre inclusive año 1997, a la
Sra. Lucila Manriquez Gines.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 108/97.C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por resol. 815/97

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO COMERCIO

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