Norma Número 080/97
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Condona el 50% de la deuda por Tasas Retributivas  hasta el tercer bimestre del año 1997, a la N.C. B-629-13-000. Establece plazo para convenir un Plan de Pago por el otro 50% de la deuda. Su incumplimiento deja sin efecto la condonación efectuada.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 10 de Julio de 1997.-
 
VISTO:
 
 La nota presentada por el Sra. Concepción Amoruso de
 Gentili; y
CONSIDERANDO:
 Que mediante la misma solicita la condonación de la 
deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retribu-
 tivas;
 Que según la situación socio-económica imperante, 
de la solicitante, no le permite satisfacer sus demandas y nece-
sidades mínimas, por lo que se encuentra condicionada para cum-
 plir con las Tasas Retributivas;
 Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
 en la protección del individuo y su familia;
 Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
 lebrada el 10-07-96, según consta en Acta N°346, se aprobó el 
pertinente proyecto;
POR_ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
 O_R_D_E_N_A_N_Z_A
Artículo_1°: CONDONASE el 50% ( cincuenta por ciento) de la deu-
 da por Tasas Retributivas a la Nomenclatura Catas-
 tral B-629-13-000, hasta el 3° Bimestre año 1997. 
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir
 de la vigencia de la presente, para iniciar el plan
 de pago en 36 (treinta y seis) cuotas como máximo, 
 según Ordenanza Municipal en vigencia por el 50% 
 restante de la deuda por Tasas Retributivas a la N°
 menclatura Catastral B-629-13-000.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el Ar-
 tículo 2°, la condonación efectuada en el Artículo
 1° quedará sin efecto.
Artículo 4°: Para el caso de que el saldo de la deuda se regula-
 rice a través de un plan de pago, se establece que:
 a la sexta cuota (6°) consecutiva impaga, caduca la
 condonación efectuada por esta Ordenanza Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, 
 archívese.-
ORDENANZA_MUNICIPAL_N°_080/97.-C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 062/97
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  10 / 7 /
  1997
  
 
  - Fecha promulgación:
  21 / 7 /
  1997
  
 
  - Fecha publicación:
  8 / 8 /
  1997
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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