Norma Número 073/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Condona deuda por Tasas Retributivas hasta el 3º bimestre inclusive año 1997, a la N.C. B-641-09-000. Condona deuda por Tasas por Conservación y Mantenimiento de Cementerio hasta el 2º trimestre inclusive año 1997 al Folio Nº 23117, Nicho D 09-63-D.Establece que se debe encuadrar a la Sra. Elvira Salusoglia en la O.M.143/96.

Texto de la Norma

Allen, 26 de Junio de l997.-



VISTO:

La nota presentada por la Sra. Elvira Salusoglia; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la condonación de la
deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retribu-
tivas y Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio;
Que según encuesta socio-económica la solicitante es
jubilada con un haber mínimo, por lo que se encuentra condiciona-
da para cumplir con las Tasas Retributivas, y se encuentra en /
condiciones de ser beneficiada por la Ordenanza Municipal N° 143/
96;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán es-
tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 26-06-97, según consta en Acta N° 344, se aprobó el /
pertinente proyecto;

POR_ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O_R_D_E_N_A_N_Z_A

Artículo_1°: CONDONASE la deuda de Tasas Retributivas hasta el
3° (tercer) bimestre inclusive año 1997, a la nomen-
clatura catastral B-641-09-000.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda de Tasas por Conservación y Man
tenimiento de Cementerio hasta el 2° (segundo) Tri-
         mestre inclusive año 1997 al Folio N° 23117, Nicho
D 09-63-D.
Artículo_3°: ESTABLECESE que a partir de la presente Ordenanza
Municipal, la Nomenclatura Catastral B-641-09-000 y
Folio N° 23117, Nicho D-09-63-D, siendo responsable
la Sra. Elvira Salusoglia, L.C. 01.187.906, se de-/
ben encuadrar en la Ordenanza Municipal N° 143/96.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, /
archívese.-


ORDENANZA_MUNICIPAL_N°_073/97.-C.D.-


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 0583/97

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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