Norma Número 066/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: VIGENTE

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Dona al Club de Pesca Náutica y Camping, Arco Iris Allen, el lote de N.C. 04-1-N-FN 29, parcela 01. Establece plazo de edificación.

Texto de la Norma

Allen, 12 de Junio de 1997.-


VISTO:

La Nota remitida a este Concejo Deliberante por el
Club de Pesca, Náutica y Camping Irisde Allen , por la
cual solicitan la adjudicación de un lote en la Isla 16;
y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Club se propone realizar un com-
plejo recreativo para su masa societaria;
Que el Municipio debe apoyar la iniciativa de las
instituciones locales, lo cual redunda en beneficios para la co-
munidad toda;
Que existe un lote disponible en dicha Isla, el //
cual había sido otorgado a favor de I.S.S.A.R.A., por Ordenanza
Municipal N° 10/88, en el cual transcurrido el tiempo dicho Ins-
tituto no realizó mejora alguna por lo que se dan por caídos los
plazos establecidos para continuar siendo poseedores;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 12-06-97, según consta en Acta N° 342, se aprobó el /
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: ADJUDICASE al Club de Pesca, Náutica y Camping
co Iris AllenPersonería Jurídica N° 619 Decreto
2290/84, una fracción de tierra en carácter de do-
nación ubicada en la Isla 16, designada catastral-
mente como: 04-1-N-FN29, Parcela 01, siendo las
medidas aproximadas del polígono afectado: Al Norte
y Sur 185 metros (ciento ochenta y cinco metros) Al
Este y Oeste 260 metros (doscientos sesenta me-
tros), lindando al Norte con calle de circulación
interna; al Sur con línea de sirga (Brazo de Río
Negro), al Este de 20 mtrs. (veinte metros) con
Club Arco Iris, y al Oeste con monte Natural; todos
ellos sujetos a modificaciones de futura mensura del sector descripto.
Artículo 2°: OTORGASE un plazo de 30 días, contados a partir de
la sanción de la presente, para la presentación del
Proyecto definitivo a realizar en el predio adjudi-
cado a efectos de su aprobación por parte de las / oficinas técnicas del Municipio.
Artículo 3°: OTORGASE un plazo de 180 días corridos, contados a
partir de la aprobación del punto anterior, para la
iniciación de los trabajos.
Artículo 4°: El no cumplimiento a lo dispuesto en la presente
Ordenanza, dará derecho al Municipio a revocar la
misma en todos sus términos, no teniendo el adju-
dicatario reclamo alguno que efectuar.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-


ORDENANZA MUNICIPAL N° 066/97.-C.D.-


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 0551/97.
Derogada por O.M. 086/00.

Fechas

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