Norma Número 055/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago con el Sr. Juan Alberto Sanchez por la deuda en concepto de Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de la Licencia Comercial n° 031/81.

Texto de la Norma

Allen, 29 de Mayo de 1997.-


VISTO:

La Nota presentada por el Sr. Juan Alberto Sánchez;
y

CONSIDERANDO:

Que por dicha Nota solicita al Concejo Deliberante
la condonación de la deuda por Tasas de Inspección, Seguridad e
Higiene que mantiene con la Municipalidad de Allen;
Que la deuda contraída de Tasa Inspección, Seguir-
dad e Higiene el Sr. Sánchez, no pueden abonarla de acuerdo a las
normas vigentes de facilidades de pago, por el monto elevado de
la misma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de


O R D E N A N Z A

Artículo 1°: AUTORIZASE por excepción a la Ordenanza Municipal
N° 078/96 a la Secretaría de Hacienda del Poder Eje-
cutivo Municipal, a formular un plan de pago a con-
venir con el Sr. Juan Alberto Sánchez, según sus re-
cursos económicos, por la deuda de Tasa Inspección,
Seguridad e Higiene de la Licencia Comercial N° 031/
81.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir
de la vigencia de la presente, para iniciar el plan
de pago según lo establecido en el Artículo 1° de /
la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el Ar-
tículo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal,
la deuda atrasada por Tasa Inspección, Seguridad e
Higiene de la Licencia Comercial N° 031/81, conti-
nuará en mora con actualización y recargos perti-
nentes.
Artículo 4°: ESTABLECESE que a la sexta (6°) cuota consecutiva
impaga, y cuarta (4°) cuota alternada del plan de
pago firmado, caducará lo establecido en el Artícu-
lo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 055/97.-C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Proumulgada por Resol. 505/97

Fechas

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