Norma Número 054/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago con la Sra.María Esther Battafarano por la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. B-649-10-000 y Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de la Licencia Comercial N° 042/80.

Texto de la Norma

Allen, 29 de Mayo de 1997.-


VISTO:

La Nota presentada por la Sra. María Esther Batta-
farano; y


CONSIDERANDO:

Que por dicha Nota solicita la revisión de la deci-
sión tomada por el Concejo Deliberante en que la deuda por Tasas
Retributivas e Inspección, Seguridad e Higiene se abone mediante
un plan de pago de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 078/96;
Que la Sra. María Esther Battafarano, solicita di-/
cha revisión dado que las cuotas del mencionado plan de pago son
elevadas y no puede, según sus recursos económicos contraer tal
compromiso, como lo certifica la encuesta socio-económica;
Que para abonar la deuda contraída de Tasas Retri-
butivas e Inspección, Seguridad e Higiene, la Sra. María Battafa-
rano está dispuesta a abonar mediante un plan de pago con mayor
facilidades que el otorgado;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de


O R D E N A N Z A

Artículo 1°: AUTORIZASE por excepción a la Ordenanza Municipal
N° 078/96 a la Secretaría de Hacienda del Poder Eje-
cutivo Municipal, a formular un plan de pago a con-
venir con la Sra. María Esther Battafarano, según
sus recursos económicos, por la deuda de Tasas Re-/
tributivas de la Nomenclatura Catastral B-649-10-
000 y Tasa Inspección, Seguridad e Higiene de la Li-
cencia Comercial N° 042/80.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir
de la vigencia de la presente, para iniciar el plan
de pago según lo establecido en el Artículo 1° de /
la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el Ar-
tículo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal,
la deuda atrasada por Tasas Retributivas de la No-
menclatura Catastral B-649-10-000 e Inspección, Segu-
ridad e Higiene de la Licencia Comercial N° 042/80,
continuará en mora con actualizaciones y recargos
pertinentes.
Artículo 4°: ESTABLECESE que a la sexta (6°) cuota consecutiva
impaga, y cuarta (4°) cuota alternada del plan de
pago firmado, caducará lo establecido en el Artícu-
lo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 054/97.-C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 0504/97

Fechas

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