Norma Número 052/97
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL
Sumario
Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago con el Sr. Eliseo Martinez por la deuda en concepto de Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de la Licencia Comercial N° 109/77.
Texto de la Norma
Allen, 29 de Mayo de 1997.-
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Eliseo Martínez; y
CONSIDERANDO:
Que por dicha Nota solicita al Concejo Deliberante
revisión sobre la decisión tomada de cancelar la deuda que man-
tiene por Tasas a efectos de realizar un plan de pago más accesi-
ble, por el 50% restante
Que el Sr. Eliseo Martínez, a pesar de su situación
comercial, tienen toda predisposición para cumplir con sus obli-
gaciones tributarias municipales;
Que la deuda contraída de Tasa Inspección, Seguir-
dad e Higiene no pueden abonarla de acuerdo a las normas vigentes
de facilidades de pago, por el monto elevado de la misma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE por excepción a la Ordenanza Municipal
N° 078/96 a la Secretaría de Hacienda del Poder Eje-
cutivo Municipal, a formular un plan de pago a con-
venir con el Sr. Eliseo Martínez, según sus recur-
sos económicos, por la deuda de Tasa Inspección, /
Seguridad e Higiene de la Licencia Comercial N° 109/
77.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir
de la vigencia de la presente, para iniciar el plan
de pago según lo establecido en el Artículo 1° de /
la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el Ar-
tículo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal,
la deuda atrasada por Tasa Inspección, Seguridad e
Higiene de la Licencia Comercial N° 109/77, conti-
nuará en mora con actualización y recargos perti-
nentes.
Artículo 4°: ESTABLECESE que a la sexta (6°) cuota consecutiva
impaga, y cuarta (4°) cuota alternada del plan de
pago firmado, caducará lo establecido en el Artícu-
lo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 052/97.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 0502/97
Fechas
- Fecha sanción:
29 / 5 /
1997
- Fecha promulgación:
13 / 6 /
1997
- Fecha publicación:
4 / 7 /
1997
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
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