Norma Número 051/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL


Sumario

Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago con los Sres. Alberto Garrido y Alejandro Garrido por la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. B-676-08-000. y por la deuda de Tasa de Inspección , Seguridad e Higiene de la Licencia Comercial 1598/2.

Texto de la Norma

Allen, 29 de Mayo de 1997.-


VISTO:

La Nota presentada por los Sres. Alberto y Alejan-
dro Garrido; y

CONSIDERANDO:

Que por dicha Nota solicitan al Concejo Deliberante
la condonación del 50% de la deuda por Tasas Retributivas y Tasa
por Inspección, Seguridad e Higiene que mantienen con la Munici-
palidad de Allen, a efectos de realizar un plan de pago más acce-
sible, por el 50% restante;
Que los Sres. Garrido, a pesar de su situación co-
mercial, tienen toda predisposición para cumplir con sus obliga-
ciones tributarias municipales;
Que la deuda contraída de Tasas Retributivas e Ins-
pección, Seguridad e Higiene no pueden abonarla de acuerdo a las
normas en vigentes de facilidades de pago, por el monto elevado
de la misma;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: AUTORIZASE por excepción a la Ordenanza Municipal
N° 078/96 a la Secretaría de Hacienda del Poder Eje-
cutivo Municipal, a formular un plan de pago a con-
venir con los Sres. Alberto Garrido y Alejandro Ga-
rrido, según sus recursos económicos, por la deuda
de Tasas Retributivas de la Nomenclatura Catastral
B-676-08-000 y deuda por Tasa de Inspección, Seguir-
dad e Higiene de la Licencia Comercial N° 1598/2.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir
de la vigencia de la presente, para iniciar el plan
de pago según lo establecido en el Artículo 1° de /
la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el Ar-
tículo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal,
la deuda atrasada por Tasas Retributivas de la No-
menclatura Catastral B-676-08-000, y por Tasa Ins-
pección, Seguridad e Higiene de la Licencia Comer-
cial N° 1598/2, continuará en mora con actualiza-
ciones y recargos pertinentes.
Artículo 4°: ESTABLECESE que a la sexta (6°) cuota consecutiva
impaga, y cuarta (4°) cuota alternada del plan de
pago firmado, caducará lo establecido en el Artícu-
lo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 051/97.-C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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Fechas

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