Norma Número 050/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Autoriza al PEM a convenir Plan de Pago con la Sra. Hilda Rosales por la deuda en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. B-632-16-000.

Texto de la Norma

Allen, 29 de Mayo de 1997.-

VISTO:
La Nota presentada por la Sra. Hilda Rosales Vda.
de Santillan; y

CONSIDERANDO :
Que por dicha Nota solicita al Concejo Deliberante
la condonación de una deuda por Tasas Retributivas que mantiene
con la Municipalidad de Allen;
Que la Sra. de referencia es Jubilada percibiendo
un haber mayor que el mínimo establecido por Ordenanza Municipal
N° 143/96;
Que la deuda contraída de Tasas Retributivas no pue-
de abonarla de acuerdo a las normas vigentes de facilidades de
pago, por el monto elevado de la misma, teniéndose en cuenta la
situación como jubilada;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: AUTORIZASE por excepción a la Ordenanza Municipal
N° 078/96 a la Secretaría de Hacienda del Poder Eje-
cutivo Municipal, a formular un plan de pago a con-
venir con la Sra. Hilda Rosales Vda. de Santillan,
según sus recursos económicos, por la deuda de Ta-
sas Retributivas de la Nomenclatura Catastral B-362
-16-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a partir
de la vigencia de la presente, para iniciar el plan
de pago según lo establecido en el Artículo 1° de /
la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el Ar-
tículo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal,
la deuda atrasada por Tasas Retributivas de la No-
menclatura Catastral B-362-16-000, continuará en mo-
ra con actualización y recargos pertinentes.
Artículo 4°: ESTABLECESE que a la sexta (6°) cuota consecutiva
impaga, y cuarta (4°) cuota alternada del plan de
pago firmado, caducará lo establecido en el Artícu-
lo 1° y 2° de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 050/97.-C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



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