Norma Número 048/97
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Deroga la ordenanza 032/97.Condona deuda por Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene desde la 1°cuota 1996 hasta la 4° cuota de 1997 a la Licencia Comerial N° 163/90. Condona deuda por Tasa Retributiva a la N.C. C-166-19-000.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 29 de Mayo de 1997.-
VISTO:
 La Nota N° 088/97 del Poder Ejecutivo Municipal por
la cual informa que no existe Licencia Comercial N° 1/3 a nombre 
de José Leoncio Gaetti; y
CONSIDERANDO:
 Que la Licencia Comercial N° 063/90 es la correcta 
y de acuerdo a los registros del Poder Ejecutivo Municipal, se
encuentra a nombre del Sr. José Leoncio Gaetti;
 Que por medio de la Ordenanza Municipal N° 032/97
del Concejo Deliberante, se condona deuda de Tasa de Inspección,
Seguridad e Higiene a la Licencia Comercial N° 1/3, debiéndose /
rectificar la misma;
 Que por Ordenanza Municipal N° 032/97.C.D., se con-
dona la deuda de Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene y deuda
de Tasas Retributivas cuyo responsable es el Sr. José Leoncio /
Gaetti, y según encuesta socio-económica no posee ingresos esta-
bles y padece una discapacidad desde el año 1995, lo que implica
no poder desarrollar tareas laborales por lo que se encuentra /
condicionado para abonar las Tasas Municipales;
 Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán
establecerse inspiradas en principios de justicia social, funda-
dos en la protección del individuo y su familia;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el 
pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
 O R D E N A N Z A 
Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 032/97.C.D.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda por Tasa de Inspección, Seguri-
 dad e Higiene desde la 1° cuota año 1996 hasta la
 4° cuota año 1997 inclusive, a la Licencia Comer-/
 cial N° 063/90.
Artículo 3°: CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas a la No-
 menclatura Catastral C-166-19-000 desde el 1° Bimes-
 tre año 1996 hasta el 3° bimestre año 1997.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 048/97.-C.D.-
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 0498/97
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  29 / 5 /
  1997
  
 
  - Fecha promulgación:
  13 / 6 /
  1997
  
 
  - Fecha publicación:
  4 / 7 /
  1997
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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