Norma Número 048/97

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Deroga la ordenanza 032/97.Condona deuda por Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene desde la 1°cuota 1996 hasta la 4° cuota de 1997 a la Licencia Comerial N° 163/90. Condona deuda por Tasa Retributiva a la N.C. C-166-19-000.

Texto de la Norma

Allen, 29 de Mayo de 1997.-


VISTO:


La Nota N° 088/97 del Poder Ejecutivo Municipal por
la cual informa que no existe Licencia Comercial N° 1/3 a nombre
de José Leoncio Gaetti; y

CONSIDERANDO:

Que la Licencia Comercial N° 063/90 es la correcta
y de acuerdo a los registros del Poder Ejecutivo Municipal, se
encuentra a nombre del Sr. José Leoncio Gaetti;
Que por medio de la Ordenanza Municipal N° 032/97
del Concejo Deliberante, se condona deuda de Tasa de Inspección,
Seguridad e Higiene a la Licencia Comercial N° 1/3, debiéndose /
rectificar la misma;
Que por Ordenanza Municipal N° 032/97.C.D., se con-
dona la deuda de Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene y deuda
de Tasas Retributivas cuyo responsable es el Sr. José Leoncio /
Gaetti, y según encuesta socio-económica no posee ingresos esta-
bles y padece una discapacidad desde el año 1995, lo que implica
no poder desarrollar tareas laborales por lo que se encuentra /
condicionado para abonar las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal
en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán
establecerse inspiradas en principios de justicia social, funda-
dos en la protección del individuo y su familia;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 29-05-97, según consta en Acta N° 340, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de


O R D E N A N Z A

Artículo 1°: DEROGASE la Ordenanza Municipal N° 032/97.C.D.
Artículo 2°: CONDONASE la deuda por Tasa de Inspección, Seguri-
dad e Higiene desde la 1° cuota año 1996 hasta la
4° cuota año 1997 inclusive, a la Licencia Comer-/
cial N° 063/90.
Artículo 3°: CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas a la No-
menclatura Catastral C-166-19-000 desde el 1° Bimes-
tre año 1996 hasta el 3° bimestre año 1997.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 048/97.-C.D.-


Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 0498/97

Fechas

Descriptores que posee esta norma

RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO

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