El alcance de esta norma es general.
Tipo norma: ORDENANZA
Estado: NO VIGENTE DEROGADA
Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Allen, 17 de Abril de 1997.-
VISTO:
La Nota remitida ante este Concejo Deliberante por el Sr. José Leoncio Gaetti; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma solicita la condonación de deuda por Tasas Retributivas y Tasas por Inspección, Seguridad e Higiene;
Que según encuesta socio-económica el solicitante, no posee ingresos estables, y padece una discapacidad desde el año 1995, lo que implica no poder desarrollar tareas laborales,
por lo que actualmente se encuentra condicionado para abonar las Tasas Municipales;
Que el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: "Las exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia";
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17-04-97, según consta en Acta Nº 335, se aprobó el /
pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º:CONDONASE la deuda de Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene desde la 1º (Primera) Cuota año 1996 hasta la 4º (Cuarta) Cuota año 1997 a la Licencia Comercial Nº 1/3.
Artículo 2º:CONDONASE la deuda por Tasas Retributivas a la Nomenclatura Catastral C-166-19-000 desde el 1º (Primer) Bimestre año 1996 hasta el 3º (Tercer) Bimestre año 1997.
Artículo 3º:Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 032/97.C.D.-
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