Norma Número 025/97
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Deja sin efecto la deuda que registra la NC 04-1-B-092-07 en concepto de Impuesto al Terreno Baldío.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 3 de Abril de 1997.-
VISTO:
 La solicitud del Sindicato Centro Empleados de Co-
 mercio de revisar la determinación tomada por el Concejo Delibe- 
 rante de Allen, durante el período de Gobierno anterior, en rela- 
 ción al pedido de eximisión y condonación de Tasas Retributivas 
 e Impuesto al Terreno Baldío, de la Nomeclatura Catastral desig- 
nada como 04-1-B-092-07; y
CONSIDERANDO:
 Que consta en el mencionado expediente: Copia del
 Convenio de donación fechado el 14-09-95, del lote NC.04-1-B-092 
-07 de la de Viviendas para Empleados Mercantiles 
 del Neuquén Limitadaa favor del Centro Empleados de Comercio 
 de Allen, en forma gratuita, sin cargo, ni condición; 
 Que la Ordenanza Municipal N° 30/78, en el Título 
 III - Derecho de Inspección de Baldíos, establece en su Artículo 
 102° (De las exenciones), están exentos de la Tasa Estable- 
cida en la presente los siguientes inmuebles: a) De propiedad del
Estado Nacional, Provincial o Municipal, sus dependencias, repar-
 ticiones autárquicas y demás entidades estatales, b) las Coopera- 
 tivas que presten servicios públicos, desde el momento de su // 
 constitución, c) Las Instituciones Oficiales dedicadas a la en- 
 señanza en general, d) Las Asociaciones Mutuales, Fundaciones, 
Instituciones Religiosas, Sociedades de Fomento, Cooperadoras,
 Entidades Sindicales, Gremiales y Partidos Políticos, siempre / 
que sean reconocidos como tales por autoridad competenteNor-
 ma consecuente con la Ley Provincial N° 1074/75, Artículo 11° / 
 que incluye además en su inciso d) a las Cooperativas en general, 
 desde el momento de su constitución; 
 Que con fecha 14-03-97 el Centro de Empleados de //
Comercio de Allen, remite una nota donde manifiesta el Secreta-
 rio General de dicho centro que no confirma la construcción de 
 una escuela en el lote 04-1-B-092-07, por la difícil situación 
 económica que vive el País y los cambios permanentes en las leyes 
laborales, repercutiendo en dicho centro;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce- 
 lebrada el 3-04-97, según consta en Acta N° 333, se aprobó el / 
pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
 O R D E N A N Z A
 Artículo 1°: DEJASE Sin Efecto la deuda que registra la Nomencla- 
 tura Catastral designada como 04-1-B-092-07 en con- cepto de Impuesto al Terreno Baldío, atento a lo / 
 establecido en el Artículo 102 Título III, Derechos 
 de Inspección de Baldíos de la Ordenanza Municipal 
 N° 030/78, concordante Artículo 11° inc. d) de la / 
 Ley Provincial N° 1074/75. 
 Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-ORDENANZA MUNICIPAL N°_025/97.-C.D.- 
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 0327/97
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  3 / 4 /
  1997
  
 
  - Fecha promulgación:
  14 / 4 /
  1997
  
 
  - Fecha publicación:
  5 / 5 /
  1997
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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