Norma Número 109/96
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Exime del pago de la Tasa por Habilitación Comercial a la Licencia Comercial tramitada por el Sr. Segundo Arias para el rubro Kiosco.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 17 de Octubre de 1996.-
VISTO:
 La Nota N° 146/96 presentada por el Poder Ejecutivo
Municipal, por la cual adjunta solicitud del Sr. Segundo Arias; y
CONSIDERANDO: Que mediante la misma el Sr. Segundo Arias solicita
al Sr. Intendente Municipal la eximisión de la Tasa Municipal por
Habilitación de un comercio rubro Kiosco;
 Que el Poder Ejecutivo Municipal requiere la evalua-ción de la situación planteada, y según encuesta socio-económicasocial e historia clínica el Sr. Segundo Arias posee una incapa-
cidad por amputación de su miembro inferior derecho, no pudiendo
desarrollar trabajo alguno;
 Que el Sr. Segundo Arias solicita se lo exima de la
Habilitación Comercial para un Kiosco, ya que sería su único me-dio de subsistencia;
 Que la Ley del Discapacitado N° 2055 establece en /su Art. 6° los efectos de esta Ley, se considera discapacita-
do a toda persona que padezca una alteración funcional permanen-
te o prolongada, física o mental que en relación a su edad y me-dio social implique desventaja social, en su aspecto familiar,
educacional, laboral, recreativa y/o deportiva;
 Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipalen uno de sus párrafos expresa....exenciones sólo podrán es-tablecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados
en la protección del individuo y su familia;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 17-10-96, según consta en Acta N° 317, se aprobó elpertinente proyecto;POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
 O R D E N A N Z A
Artículo 1°: EXIMASE del pago de la Tasa pertinente a la Habili- tación de la Licencia Comercial correspondiente al 
 rubro Kiosco, tramitada por el Sr. Segundo Arias, /
        
 por los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N 109/96.-C.D. -
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol.1339/96 
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  17 / 10 /
  1996
  
 
  - Fecha promulgación:
  30 / 10 /
  1996
  
 
  - Fecha publicación:
  6 / 11 /
  1996
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
COMERCIO  
    
  
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO  
    
  
 Adjuntos 
  
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