Norma Número 108/96

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Establece excepción en la antigüedad de los vehículos destinados a transporte escolar y hasta la finalización del período lectivo 1996.

Texto de la Norma

Allen, 17 de Octubre de 1996.-


VISTO:

Las solicitudes presentadas por los propietarios de
vehículos habilitados como transporte escolar; y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente lo establecido en el Decre
to 692/92, al cual adhirió la Municipalidad de Allen por Ordenan
za Municipal N° 121/92;
Que dentro de los requisitos exigidos para habilitar vehículos destinados a transportes de personas, es necesario
acreditar: verificación técnica ( en establecimientos autorizados
al efecto), seguro pertinente, antig'fcedad de las unidades, etc..;
Que los propietarios de los vehículos habilitados /
como transporte escolar manifiestan su imposibilidad momentánea
de renovar sus unidades (algunas con antig'fcedad superior a la //
exigida), por razones económicas;
Que de mantener la exigencia sobre la antig'fcedad de
los vehículos, quedarían estos fuera de servicio, ocasionando un
perjuicio a la comunidad usuaria, el que sería difícil de salvar
dado lo avanzado del período lectivo;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 17-10-96, según consta en Acta N° 317, se aprobó el
pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar
una excepción con respecto a la exigencia de reno-/
var las unidades vehículares destinadas a transpor-
te escolar, cuyo modelo supere los diez (10) años /
de antig'fcedad, por única vez, y hasta la finaliza-/
ción del período lectivo 1996.
Artículo 2°: ESTABLECESE que las unidades vehiculares destinadas
a transporte escolar, para ser habilitadas como ta-
les, deberán cumplimentar la totalidad de los demás
requisitos indicados en el Decreto N° 692/92, Orde-
nanza Municipal N° 121/92.
Artículo 3°: COMUNIQUESE a los interesados, al Poder Ejecutivo /
Municipal - Secretaría de Gobierno, Dirección de /
Tránsito.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 108.96.-C.D.-










































































Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

Promulgada por Resol. 1338/96.


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RÉGIMEN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

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