Norma Número 108/96
   El alcance de esta norma es general.
  Tipo norma:
  ORDENANZA 
  Estado:
  
    NO VIG. PLAZO VENCIDO 
  
  Lugar publicacion:
  BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
 Sumario 
  Establece excepción en la antigüedad de los vehículos destinados a transporte escolar y hasta la finalización del período lectivo 1996.
 Texto de la Norma 
  
    Allen, 17 de Octubre de 1996.-
VISTO:
 Las solicitudes presentadas por los propietarios de
vehículos habilitados como transporte escolar; y
CONSIDERANDO:
 Que se encuentra vigente lo establecido en el Decre
to 692/92, al cual adhirió la Municipalidad de Allen por Ordenan
za Municipal N° 121/92;
 Que dentro de los requisitos exigidos para habilitar vehículos destinados a transportes de personas, es necesario
acreditar: verificación técnica ( en establecimientos autorizados
al efecto), seguro pertinente, antig'fcedad de las unidades, etc..;
 Que los propietarios de los vehículos habilitados /
como transporte escolar manifiestan su imposibilidad momentánea
de renovar sus unidades (algunas con antig'fcedad superior a la //
exigida), por razones económicas;
 Que de mantener la exigencia sobre la antig'fcedad de
los vehículos, quedarían estos fuera de servicio, ocasionando un
perjuicio a la comunidad usuaria, el que sería difícil de salvar
dado lo avanzado del período lectivo;
 Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, ce-
lebrada el 17-10-96, según consta en Acta N° 317, se aprobó el
pertinente proyecto;
POR ELLO:
 El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, san-
ciona con fuerza de
  O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a efectuar
 una excepción con respecto a la exigencia de reno-/
 var las unidades vehículares destinadas a transpor-
 te escolar, cuyo modelo supere los diez (10) años / 
 de antig'fcedad, por única vez, y hasta la finaliza-/
 ción del período lectivo 1996.
Artículo 2°: ESTABLECESE que las unidades vehiculares destinadas
 a transporte escolar, para ser habilitadas como ta-
 les, deberán cumplimentar la totalidad de los demás
 requisitos indicados en el Decreto N° 692/92, Orde-
 nanza Municipal N° 121/92.
Artículo 3°: COMUNIQUESE a los interesados, al Poder Ejecutivo /
 Municipal - Secretaría de Gobierno, Dirección de /
 Tránsito.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
 archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 108.96.-C.D.-
 
  
 Citas 
 Citas Doctorales 
  
     
  
 Citas Jurisprudenciales 
  
     
  
 Comentarios 
  
    Promulgada por Resol. 1338/96.
    
 Fechas 
  - Fecha sanción:
  17 / 10 /
  1996
  
 
  - Fecha promulgación:
  30 / 10 /
  1996
  
 
  - Fecha publicación:
  6 / 11 /
  1996
  
   
 Descriptores que posee esta norma 
RÉGIMEN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE  
    
  
 Adjuntos 
  
     Esta norma no tiene archivos adjuntos 
  
  Ver Adjuntos |