Norma Número 083/96

El alcance de esta norma es general.

Tipo norma: ORDENANZA

Estado: NO VIG. PLAZO VENCIDO

Lugar publicacion: BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL


Sumario

Condona el 50 % de la deuda por Tasas Retributivas hasta el tercer bimestre del año 1996 inclusive, a la N.C. C-158-08-000. Establece plazo para regularizar el saldo de la deuda.

Texto de la Norma

Allen, 11 de Julio de l996.-

VISTO:
La nota presentada por la Sra. Luisa Cantero; y

CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según la encuesta socio-económica, la situación imperante del grupo familiar de la solicitante, no le permite satisfacer sus demandas y necesidades mínimas, por lo que se encuentra condicionada para cumplir con las Tasas Retributivas;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-07-96, según consta en Acta N° 305, se aprobó el pertinente proyecto;

POR_ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O_R_D_E_N_A_N_Z_A

Artículo_1°: CONDONASE el 50% ( cincuenta por ciento) de la
deuda por Tasas Retributivas hasta el tercer
bimestre del año 1996 inclusive, correspondiente
a la nomenclatura catastral C-158-08-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a
partir de la vigencia de la presente, para
iniciar el Plan de pago en 36 (treinta y seis)
cuotas según Ordenananza Municipal N° 78/96 por
el 50% restante de la deuda por Tasas Retribu-
tivas a la nomenclatura catastral C-158-08-000.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el
Artículo 2°, la condonación efectuada en el Ar
tículo 1° quedara sin efecto.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, /
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 083/96.-C.D.-
Allen, 11 de Julio de l996.-

VISTO:
La nota presentada por la Sra. Luisa Cantero; y

CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita la condonación de la deuda que mantiene con el Municipio en concepto de Tasas Retributivas;
Que según la encuesta socio-económica, la situación imperante del grupo familiar de la solicitante, no le permite satisfacer sus demandas y necesidades mínimas, por lo que se encuentra condicionada para cumplir con las Tasas Retributivas;
Que el Artículo 76° de la Carta Orgánica Municipal en uno de sus párrafos establece: exenciones sólo podrán establecerse inspiradas en principios de justicia social, fundados en la protección del individuo y su familia;
Que en sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-07-96, según consta en Acta N° 305, se aprobó el pertinente proyecto;

POR_ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

O_R_D_E_N_A_N_Z_A

Artículo_1°: CONDONASE el 50% ( cincuenta por ciento) de la
deuda por Tasas Retributivas hasta el tercer
bimestre del año 1996 inclusive, correspondiente
a la nomenclatura catastral C-158-08-000.
Artículo 2°: ESTABLECESE un plazo de 60 (sesenta) días a
partir de la vigencia de la presente, para
iniciar el Plan de pago en 36 (treinta y seis)
cuotas según Ordenananza Municipal N° 78/96 por
el 50% restante de la deuda por Tasas Retribu-
tivas a la nomenclatura catastral C-158-08-000.
Artículo 3°: Ante el incumplimiento de lo establecido en el
Artículo 2°, la condonación efectuada en el Ar
tículo 1° quedara sin efecto.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, /
archívese.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 083/96.-C.D.-

Citas


Citas Doctorales



Citas Jurisprudenciales



Comentarios

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