Norma Número 082/96
El alcance de esta norma es general.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. PLAZO VENCIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Condona deuda por Impuesto al Terreno Baldío a la N.C. C-520-01-000 hasta el año 1995 inclusive.
Texto de la Norma
Allen, 11 de Julio de 1996.-
VISTO:
La Nota remitida por la Sra. Delia Raquel Hourriet,
de fecha 18-09-95; y
CONSIDERANDO:
Que en dicha Nota solicita la revisión del Dictamen de la Comisión de Hacienda y Desarrollo Económico N° 089/95, de fecha 04/07/95;
Que la Sra. Delia R. Hourriet, adquirió el inmueble de Nomenclatura Catastral C-520-01-000, con todo lo en él edificado, plantado, clavado y demás adherido al suelo, el 04-07-77;
Que la Sra. Delia R. Hourriet, abonó en tiempo y
forma las Tasas Retributivas;
Que la mencionada Señora., nunca fue notificada por el Municipio de que debía abonar el impuesto al Terreno Baldío, ya que no existe una Resolución Municipal justifican- do que dicha nomenclatura catastral es Terreno Baldío, tal como lo establece el Artículo 99° inc. c) de la Ordenanza Municipal N°030/78 (Código Fiscal);
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-07-96, según consta en Acta N° 305, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda a la Nomenclatura Catastral
C-520-01-000, en concepto de Impuesto al Terreno
Baldío, hasta el Año 1995 inclusive, por los mo-
tivos expuesto en los considerandos.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N°_082/96.-C.D.-
Allen, 11 de Julio de 1996.-
VISTO:
La Nota remitida por la Sra. Delia Raquel Hourriet,
de fecha 18-09-95; y
CONSIDERANDO:
Que en dicha Nota solicita la revisión del Dictamen de la Comisión de Hacienda y Desarrollo Económico N° 089/95, de fecha 04/07/95;
Que la Sra. Delia R. Hourriet, adquirió el inmueble de Nomenclatura Catastral C-520-01-000, con todo lo en él edificado, plantado, clavado y demás adherido al suelo, el 04-07-77;
Que la Sra. Delia R. Hourriet, abonó en tiempo y
forma las Tasas Retributivas;
Que la mencionada Señora., nunca fue notificada por el Municipio de que debía abonar el impuesto al Terreno Baldío, ya que no existe una Resolución Municipal justifican- do que dicha nomenclatura catastral es Terreno Baldío, tal como lo establece el Artículo 99° inc. c) de la Ordenanza Municipal N°030/78 (Código Fiscal);
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-07-96, según consta en Acta N° 305, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CONDONASE la deuda a la Nomenclatura Catastral
C-520-01-000, en concepto de Impuesto al Terreno
Baldío, hasta el Año 1995 inclusive, por los mo-
tivos expuesto en los considerandos.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido,
archívese.-
ORDENANZA MUNICIPAL N°_082/96.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 825/96
Fechas
- Fecha sanción:
11 / 7 /
1996
- Fecha promulgación:
31 / 7 /
1996
- Fecha publicación:
21 / 8 /
1996
Descriptores que posee esta norma
RÉGIMEN FISCAL Y FINANCIERO
Adjuntos
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