Norma Número 076/96
El alcance de esta norma es particular.
Tipo norma:
ORDENANZA
Estado:
NO VIG. OBJETO CUMPLIDO
Lugar publicacion:
BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
Sumario
Autoriza al P.E.M. a gestionar ante el gobierno de la provincia de Río Negro, el traspaso de las tierras fiscales provinciales ubicadas en la jurisdicción de la Ciudad de Allen.
Texto de la Norma
Allen, 27 de Junio de 1996.-
VISTO
El Artículo 21 de las Complementarias y Transitorias del Régimen Municipalde la Constitución de la Provincia de Río Negro, que establece el plazo 6 años, a partir de la fecha de su sanción, para regularizar situación jurídica del conjunto de las tierras fiscales rurales; y
CONSIDERANDO:
Que resulta de imperiosa necesidad para este municipio el contar con el efectivo poder de disposición de las tierras fiscales provinciales en la jurisdicción de la ciudad de Allen;
Que la situación imperante en relación a ellas afecta directamente a los vecinos de nuestra comunidad, que desde hace años las trabajan;
Que, por lo demás, el Municipio de Allen requiere de los espacios libres en su jurisdicción para poder comenzar a gestar planes de interés municipal y de necesidad urbana;
Que, a la fecha, estas tierras son un reservorio con que la Ciudad de Allen puede contar y cuenta para reforzar la economía local, si se lo destina a microemprendimentos socialmente útiles;
Que el Artículo 88 (Capitulo 11 - Tierra Fiscal) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Allen establece que tierras municipales estarán destinadas al cumplimiento de funciones sociales y de bien común;
Que el Artículo 90 (Capitulo 11 -Tierra Fiscal) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Allen establece que proceso de ocupación del territorio y del desarrollo urbano, rural y de áreas complementarias, se ajustara a planes que responderán a objetivos políticos y estrategias de la planificación global y del desarrollo económico y social de nuestra comunidad, en un marco de integración provincial y regional y a un cumplimiento satisfactorio de los derechos fundamentales de los habitantes;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 27-06-96, según consta en el Acta N° 303, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°:
AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a gestionar de modo que corresponda ante el Gobierno de la Provincia de Río Negro el traspaso de las tierras fiscales provinciales ubicada en jurisdicción de la Ciudad de Allen al ámbito municipal, conforme el Artículo 21 de las disposiciones complementaria y transitorias del Régimen Municipal de la Constitución Provincial y en un todo de acuerdo a la Carta Orgánica Municipal, la legislación local y vigente y el espíritu expresado en los precedentes considerados.
Artículo 2°:
SOLICITASE a los Sres. Legisladores de la Provincia de Río Negro, Don Digno Diez y Don Carlos Sanchez, ponerse a disposición del Poder Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante de Allen, para lo que puedan ser requeridos en función de la presente.
Artículo 3°:
REMITASE copia de la presente Ordenanza Municipal a los Sres. legisladores citados en el Artículo anterior.
Artículo 4°:
Hágase las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archivase.-
ORDENANZA MUNICIPAL N° 076/96.-C.D.-
Citas
Citas Doctorales
Citas Jurisprudenciales
Comentarios
Promulgada por Resol. 728/96.
Fechas
- Fecha sanción:
20 / 6 /
1996
- Fecha promulgación:
18 / 7 /
1996
- Fecha publicación:
7 / 8 /
1996
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TIERRAS FISCALES
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